01/01/2017

La Hacienda en tiempos de los Austrias

En este trabajo estudiamos la composición y funcionamiento de la Hacienda real en tiempos de los Austrias. En primer lugar, analizaremos los ingresos, luego los gastos y, por fin, la cuestión del déficit permanente y cómo se intentó paliar sin éxito.

El sistema fiscal de los siglos XVI y XVII se caracterizó por la existencia de múltiples contribuciones, que variaban de un lugar a otro y que no afectaban por igual a todos los súbditos de la Monarquía, ya fuera por su origen geográfico porque en algunos territorios no se pagaba o se pagaban menos impuestos, según lo dispuesto en los fueros u ordenamientos jurídicos propios, ya fuera porque los miembros de los estamentos privilegiados estaban exentos de pagar tributos.

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Felipe II por Antonio Moro

El territorio que más contribuía de toda la Monarquía Hispánica fue, sin lugar a dudas, Castilla. Este reino fue el gran sostén de la política imperial de los Austrias, mientras que el resto de los reinos y territorios apenas contribuían a ese esfuerzo y lo que pagaban era para sus respectivas administraciones y defensas. En Castilla había cuatro grandes tipos de ingresos. En primer lugar, se encontraban las denominadas rentas ordinarias que englobaban un conjunto de impuestos, generalmente de carácter indirecto, sobre distintas actividades. La principal renta ordinaria era la alcabala, que gravaba las transacciones comerciales, aproximadamente el 10% del producto de cada venta. Los denominados “cuadernos de alcabalas” son valiosísimas fuentes de información para el historiador porque recogen toda la casuística del cobro de este impuesto, así como los productos y los listados de personas exentas de su pago. El almojarifazgo, como la alcabala, tenía su origen en Al-Ándalus y gravaba el tránsito.

En segundo lugar, estaban los servicios de millones, que, al contrario de las rentas ordinarias, eran impuestos directos y de carácter personal, y que requerían la aprobación de las Cortes. Los primeros Servicios de Millones tuvieron carácter excepcional para intentar paliar el déficit, pero como éste se hizo crónico, terminaron por renovarse de forma regular y hasta ampliarse con nuevos Servicios. El procedimiento era el siguiente: a petición del rey, las Cortes castellanas otorgaban el Servicio con un destino determinado, con plazos de cobro y mecanismos para ser recaudado en el reino. El monarca debía comprometerse a cumplir con la condición del destino para el que se votaba el Servicio. Este impuesto recaía sobre los pecheros, es decir, sobre los súbditos que no pertenecían a los estamentos privilegiados.

Un tercer grupo de ingresos eran las contribuciones del clero. Se trataba de concesiones de la Iglesia a la Corona. Eran cesiones voluntarias y realizadas con autorización papal. Las principales eran las tercias reales y el excusado, que se extraían del diezmo. Recordemos que el diezmo era un impuesto que se pagaba en la Europa católica para el sostenimiento de la Iglesia desde la Edad Media. Los papas concedieron a los reyes de Castilla en el siglo XIII una donación del diezmo, las tercias reales, que correspondían a dos novenos del diezmo. Desde el año 1567, la Santa Sede concedió a Felipe II el excusado, que era el diezmo entero de la propiedad más valiosa de cada parroquia. Esas concesiones se hicieron porque la Monarquía Hispánica contribuía a la defensa del catolicismo frente a los musulmanes y protestantes.

Por fin, estarían los caudales de Indias. Eran los ingresos procedentes del Nuevo Mundo, y dependían mucho de factores externos derivados de posibles interrupciones del tráfico por guerras o actos de piratería. El más destacado era el quinto real o el 20% de todo lo obtenido en las Indias, especialmente, los metales preciosos

Un grave problema era el cobro de los impuestos, habida cuenta de la falta de una estructura administrativa desarrollada y desplegada en todos los lugares. Aunque existía el Consejo de Hacienda y fueron creciendo los oficiales dedicados a las funciones fiscales, la Corona tuvo que recurrir a dos procedimientos para poder contar con los ingresos. El sistema de arrendamiento era un procedimiento por el que se arrendaba a un particular el cobro de un determinado impuesto a cambio de una cantidad fija y negociada de antemano. De este modo, se aseguraba un ingreso, pero la Corona recibía menos de lo que el arrendador recaudaba, ya que tenía que tener un beneficio. El segundo método era el repartimiento. Consistía en la asignación a una ciudad y/o territorio de una cantidad determinada que debían pagar por algún impuesto de los descritos. Fue el procedimiento más habitual para la distribución de la carga de los impuestos directos, pero también para algunos indirectos, como la alcabala. En este caso, se procedía a lo que se conocía como encabezamiento, es decir, la Corona negociaba con las Cortes castellanas una cantidad total, cuyo pago, luego, se repartía entre las villas, ciudades y territorios. Cada villa o ciudad procedía, en un escalón más bajo, a asignar a cada aldea dependiente de ellas la cantidad que debían pagar y, al final, en cada lugar, se repartía la carga entre los pecheros, es decir, los contribuyentes.

Las Monarquías de la edad moderna no tenían la amplitud y diversidad de gastos de los estados actuales, ya que no tenían administraciones tan sofisticadas ni atendían gastos de tipo social. Los gastos de la Monarquía Hispánica abarcaban los derivados de la Corte y de la Casa Real, los sueldos y gastos de la administración central y territorial, aunque los mayores, sin lugar a dudas, eran los generados por las guerras y la política imperial. Estos gastos fueron determinantes para que la hacienda real quebrara y constituyeron un factor clave para entender la decadencia económica castellana.

Los elevados gastos militares provocaron un déficit que se hizo crónico. La hacienda real decidió buscar varias soluciones para obtener más ingresos. La Corona recurrió a los préstamos concedidos por los grandes banqueros europeos, especialmente, alemanes y genoveses, para que les anticipasen las elevadas cantidades que se necesitaban para pagar los distintos ejércitos desplegados en Europa. Pero devolver estos préstamos con sus correspondientes intereses se convirtió en un serio problema y condujeron a declarar distintas bancarrotas. Otro recurso fue la emisión de títulos de deuda pública. Cuando un Estado recurre a esta solución pone a la venta títulos o documentos por un valor determinado, que dan derecho a quien los compra a cobrar un interés anual hasta que sea devuelto por el Estado el dinero al propietario del título. En la época moderna los títulos de deuda pública se denominaban juros. Para devolver los intereses de los juros, la Hacienda real destinaba una parte sustancial de sus rentas. Por fin, se recurrió a la venta de cargos y jurisdicciones de villas y lugares de realengo.